RESUMEN DE LA ORDENANZA DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE VÍAS Y CAMINOS MUNICIPALES
Texto íntegro publicado en el BOP A Coruña nº 172 de 10 de septiembre de 2025
https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2025/09/10/2025_0000005798.pdf
El Pleno del Ayuntamiento de Cedeira, en sesión común celebrada el día 29 de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza de protección y conservación de vías y caminos municipales. @Dito acuerdo quedó automáticamente elevado a definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, entrando en vigor el pasado 1 de octubre de 2025.
- Objeto de la ordenanza.
Garantizar la conservación, uso idóneo y seguridad de las vías y caminos de titularidad municipal.
- Ámbito de aplicación.
Quedan excluidas las siguientes actividades: talas de autoabastecimiento doméstico de leña realizadas por particulares, talas de árboles aisladas, podas y clareos, trabajos de desbroce y limpieza, eliminación de situación de peligro.
Por tala y saca de madera se entenderá la totalidad de las operaciones que tengan por objeto a obtención y transporte de madera incluyendo operaciones previas o (desplazamiento de los vehículos y la maquinaria, construcción de cuestas o accesos a las hincas, etc.) como las posteriores (preparación y depósito de la madera, carga y transporte, recogida de biomasa y transporte de la misma).
- Comunicación previa.
Se deberá informar al ayuntamiento con una antelación de 15 días hábiles empleando el formulario normalizado que el ayuntamiento ponen a disposición.
- Fianzas.
Las empresas deberán depositar una fianza a favor del Ayuntamiento, en efectivo o mediante aval. Atendiendo al peso máximo autorizado las cuantías se fijan en:
- 1500€ para peso máximo autorizado inferior a 16 Tm.
- 3.000 € para vehículos de 16 Tm o más.
La fianza podrá ser sustituida por la presentación de póliza a fe que de responsabilidad civil acreditando vigencia y cobertura para los trabajos a realizar.
- Se establecen como deberes, entre otras:
- La señalización de las vías ubicadas en las zonas de extracción y depósito de madera.
- La exposición de un cartel al borde de la vía con los datos de contacto de la empresa.
- La limpieza de vías y gestión de residuos generados.
- Infracciones y procedimiento sancionador.
El incumplimiento de las disposiciones de la ordenanza podrá dar lugar a imposición de sanciones económicas que varía desde los 750€ para infracciones leves hasta los 3000€ para las infracciones muy graves, pudiendo ser reiterativas semanalmente mientras se mantenga la situación de infracción tipificada.
- Responsabilidad.
Serán responsables las personas físicas y jurídicas en calidad de empresa realizadora de los trabajos. No supuesto de no identificarse la empresa, las responsables serán las personas propietarias de las parcelas en las que se hayan realizado las actividades.
El ayuntamiento se ponen a su disposición para cualquier aclaración o información #adicional sobre la aplicación de esta ordenanza. Pueden dirigirse a las oficinas municipales , contactar a través del nº de teléfono 981 480 000 o en el correo electrónico correo@cedeira.gal.